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Debe investigarse a los secretarios de Defensa Nacional

JESÚS CANTÚ

El informe elaborado y difundido por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, evidencia que la orden de ejecutar presuntos delincuentes, proviene desde el secretario de la Defensa Nacional (en este caso Guillermo Galván Galván, titular en el sexenio anterior; y Salvador Cienfuegos Zepeda, en el actual gobierno federal), por lo cual es importante extender las investigaciones de responsabilidades, en todos los casos de ejecuciones sumarias de civiles, a toda la cadena de mando y no limitarlas como se pretende hacer a los soldados rasos ejecutores de los operativos.

Aunque la sucesión y repetición de eventos en los que civiles, ya sea presuntos delincuentes o inocentes, eran acribillados por elementos del Ejército Mexicano permitía suponer que existía una orden de ejecutarlos antes que detenerlos, se carecía de la evidencia que permitiera soportar dicha hipótesis. Y ésa es precisamente la importancia del informe elaborado por el Centro Prodh, pues refiere con precisión los documentos internos del Ejército que muestran que la orden viene del "Alto Mando", que en el lenguaje oficial significa directamente del titular de la Secretaría de Defensa Nacional.

Es particularmente relevante que el 11 de junio de 2014, escasos 19 días antes de la ejecución extrajudicial ocurrida en Tlatlaya, la base de operaciones "San Antonio del Rosario", a la que se encontraban adscritos los militares que la perpetraron, haya recibido la "Orden General de Operaciones de la Base de Operaciones 'San Antonio del Rosario' y la subsecuente "Orden de Relevo y Designación de Mando del Teniente de Infantería Ezequiel Rodríguez Martínez", que asignan tareas que en sentido estricto corresponden a la autoridad civil y la segunda inclusive "alienta la violación de derecho humanos".

El informe señala que es especialmente preocupante que la Orden de Relevo señale explícitamente: "las tropas deberán operar en la noche en forma masiva y en el día reducir la actividad a fin de abatir delincuentes en horas de oscuridad, ya que el mayor número de delitos se comete en ese horario", ya que como manifiesta el mismo documento "El uso de este lenguaje resulta sumamente grave pues al instruir 'abatir delincuentes' se incita a privar arbitrariamente de la vida civiles en el momento en que éstos se consideran delincuentes, sin presunción de inocencia ni juicio previo".

Por supuesto que, como ha sucedido en el pasado, la respuesta oficial a la denuncia de la organización de derechos humanos nuevamente intentó desviar la atención a "un debate lingüístico en vez de abocarse al deslinde de responsabilidades", sin embargo, el Centro respondió con un comunicado contundente que concluye: "Por todo lo anterior es que no existe duda de que en el caso Tlatlaya la noción de 'abatir delincuentes tiene un significado unívoco, contrario a los derechos humanos, a la vida y a la presunción de inocencia, por lo que su inclusión en una orden castrense es propiciatoria de graves violaciones a derecho humanos".

La conclusión del comunicado es fundamental, al reiterar que es "especialmente importante que se investigue en el fuero civil la cadena de mando militar y que de inmediato la CNDH demande que sean suspendidas todas las órdenes militares que instruyan al abatimiento de personas".

Lamentablemente, a pesar de que ya hay una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y un pronunciamiento del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, todavía es fecha que muchos de las ejecuciones extrajudiciales de civiles perpetradas por militares siguen resolviéndose en Juzgados Militares y, por lo tanto, ajenos totalmente a la ciudadanía. Esta ha sido una práctica recurrente para cubrir a los militares con el llamado "fuero militar", que permite protegerlos de la acción de la justicia.

Aunque el documento específico al que hace referencia el Centro Prodh tiene vinculación específica con el caso Tlatlaya, es un hecho que debe servir para extender la exigencia de que se investigue a toda la cadena de mando absolutamente en todos los casos en los que elemento militares se vean involucrados.

En este sentido es especialmente preocupante que el gobierno federal todavía no permita al Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, coadyuvante en la desaparición de los 43 normalistas de la Escuela Normal de Ayotzinapa, entrevistarse con integrantes del 27 Batallón de Infantería, con destacamento en Iguala, Guerrero, lugar donde se vio a los jóvenes por última vez, pues como señala Vidulfo Rosales Sierra, activista del Centro de Derecho Humanos de la Montaña Tlachinollán, "la renuencia del gobierno a permitir las entrevistas sólo genera más sospechas sobre su implicación en la desaparición de los estudiantes".

El informe del Centro Prodh es un elemento central para probar la hipótesis de que por órdenes directas del titular de la Secretaría de Defensa Nacional los militares proceden a "abatir delincuentes", que para efectos prácticos se traduce en las ejecuciones sumarias que han perpetrado en repetidas ocasiones, a lo largo y ancho del territorio nacional.

Y precisamente porque es una práctica recurrente y sistemática la Sedena decidió, desde el 5 de abril de 2014, descontinuar la estadística de los civiles "abatidos" en los enfrentamientos con elementos militares, como venía haciendo hasta esa fecha. Si no hay estadística no se puede saber cuántos civiles (presuntos delincuentes o inocentes, catalogados como "daños colaterales") fueron ejecutados por los militares, que seguramente ya superan el millar, pues de acuerdo a un reporte del diario Reforma, en los primeros 19 meses del gobierno de Enrique Peña Nieto el número ascendía a 606 civiles "abatidos".

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