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INE suspende cuatro spots del PRI en Chiapas

En los promocionales no se incorpora el logotipo de la coalición de los candidatos a presidentes municipales de Tuxtla Gutiérrez y de Tapachula. (ARCHIVO)

En los promocionales no se incorpora el logotipo de la coalición de los candidatos a presidentes municipales de Tuxtla Gutiérrez y de Tapachula. (ARCHIVO)

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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó la suspensión de cuatro promocionales pautados por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el marco de la contienda electoral en Chiapas, debido a que contravienen la norma electoral.

Se trata de los promocionales “Spot 1”, “Spot Presidente PRI”, “Fernando Castellanos Cal y Mayor Pdte. Mpal. Tuxtla” y “Spot Fernando Presidente PRI”, que se difunden a través de la radio y la televisión, se informó en un comunicado.

En los spots no se hace referencia o se incorpora el logotipo de la coalición integrada por PRI, Partido Verde, Nueva Alianza y Chiapas Unido, partidos que postularon a los candidatos a presidentes municipales de Tuxtla Gutiérrez y de Tapachula, que aparecen en los promocionales.

La Comisión de Quejas otorgó un plazo de seis horas al partido político -a partir de la notificación formal-, para que sustituya los materiales audiovisuales, y que presente pruebas del cumplimiento de esta resolución.

Asimismo solicitó a los partidos que integran la coalición, que se abstengan de cometer las mismas irregularidades en casos futuros.

Además, los consejeros de la Comisión otorgaron un plazo de 24 horas, a partir de la notificación correspondiente, para que las concesionarias de radio y televisión suspendan la difusión de estos spots, hasta en tanto el PRI subsane la irregularidad advertida.

Al término de la sesión, se informó que el criterio adoptado por la Comisión en este caso, es idéntico al sostenido en el diverso acuerdo ACQyD-INE-201/2015 aprobado el 25 de junio y fue confirmado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en la sesión que celebró este miércoles.

Lo anterior, al resolver el expediente SUP-REP-483/2015 con motivo de la impugnación interpuesta por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

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