Gómez Palacio y Lerdo Protección Civil Lerdo Gómez Palacio Cañón de Fernández Lerdo Obras Públicas Gómez Palacio

Elecciones 2015

Edil se niega a pedir renuncia a directores

ALCALDE DE GP Y DIRIGENTE DEL PAN DISCREPAN EN TEMA DE PROSELITISMO

En campaña. Son 11 funcionarios municipales con licencia para participar en las campañas. (EL SIGLO DE TORREÓN)

En campaña. Son 11 funcionarios municipales con licencia para participar en las campañas. (EL SIGLO DE TORREÓN)

MA. ELENA HOLGUÍN

Para el alcalde, José Miguel Campillo, la Ley no menciona que los servidores públicos deban renunciar para participar en las campañas y la promoción de los candidatos, por lo que el haber solicitado licencia temporal sin goce de sueldo es suficiente.

Refirió además que quienes están en esa circunstancia, no tienen relación alguna con el desempeño de las áreas que ocupaban en la administración pública, pues los suplentes asumieron la responsabilidad del encargo que ellos tenían.

El secretario general del PAN en Durango, José Antonio Ochoa había asegurado que los directores y jefes de departamento que solicitaron licencia, tanto en Gómez Palacio como en Lerdo, tendrían que abandonar dichos cargos en forma definitiva, pues de lo contrario incumplen con el Acuerdo 66, celebrado por el Instituto Nacional Electoral.

Señaló además que dichos exfuncionarios están actuando como enlace con los gobiernos de ambas ciudades para resolver los problemas que los electores, exponen a la candidata del PRI-PVEM a la diputación federal por el Distrito 02, Rocío Rebollo, durante sus recorridos por colonias y comunidades.

Al respecto, el presidente municipal señaló que la acusación carece de fundamento y consideró que "pudiera deberse a una razón mediática, pero no nos queremos ver envueltos en críticas ni escándalos".

Campillo reiteró, por otro lado, que los programas sociales seguirán aplicándose respetando las reglas y sin violar ningún reglamento, pues a su parecer, sería poco responsable que la presidencia municipal los detuviera "conociendo las carencias y necesidades que se tienen en Gómez Palacio".

Esto, con relación a la queja que se atiende por parte del INE respecto a la supuesta utilización de los programas sociales para favorecer a dicha candidata.

EL ACUERDO 66

"...La asistencia de un servidor público en días hábiles a actos de proselitismo político-electoral, cuando se trate de elección popular supone un ejercicio indebido de la función pública, sin que el uso de figuras legales como la solicitud de inhabilitación de jornadas laborales, licencia, permiso, aviso de inhabilitación sin goce de sueldo o cualquier otra... sea suficiente para eximir al servidor público de lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución".

Según el Acuerdo INE/CG66/2015, el incumplimiento del 134 Constitucional es con relación al artículo 449 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, partiendo de que generar días inhábiles más allá de los establecidos en la normatividad, podría implicar un fraude a la Constitución Federal y a la Ley Electoral.

Incluso, refiere la violación a los principios de imparcialidad y equidad, y generaría falta de certeza, "pues la imparcialidad que deben guardar los servidores públicos durante los procesos electorales, dependería de su propio arbitrio, en función de que serían los mismos funcionarios quienes determinarían qué días son hábiles o cuáles inhábiles".

Leer más de Gómez Palacio y Lerdo

Escrito en: Elecciones 2015 Campillo jose miguel campillo

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Gómez Palacio y Lerdo

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

En campaña. Son 11 funcionarios municipales con licencia para participar en las campañas. (EL SIGLO DE TORREÓN)

Clasificados

ID: 1112027

YouTube Facebook Twitter Instagram TikTok

elsiglo.mx