Por Agustín Cabral Martell
La ordeña
Aunque parezca obvio para los productores, en nuestro sistema mexicano se ha legislado en materia de ordeña y quizás lo establecido se realice en los establos, sin embargo nuestra normatividad establece que la leche procedente de animales tratados con bacteriostáticos, bactericidas, hormonas o cualquier otra sustancia, no podrá destinarse para consumo humano dentro de los períodos de eliminación que señalen las normas correspondientes.
En la ordeña se observan las siguientes condiciones:
El ganado deberá estar limpio durante la ordeña;
Los cuartos posteriores, ubre y cola, deberán estar esquilados;
Inmediatamente antes de la ordeña, las ubres se desinfectarán con alguna solución germicida, y al terminar, se sellarán las tetas. Estas operaciones