EDITORIAL Sergio Sarmiento Caricatura Editorial Columna editoriales

Ranchettes

A la ciudadanía

MANUEL VALENCIA CASTRO

En marzo de 2002 se entregó al WWF (Fondo Mundial para la Naturaleza) el informe final del estudio: "Factores que inciden en el deterioro ecológico y social de la parte baja del río Nazas: uso de un sistema de información Geográfica".

En dicho estudio se utilizó el término "ranchettes" para describir las casas de campo que si bien se utilizaban para tal fin, habían sido construidas siguiendo el modelo de una casa urbana.

De acuerdo con los autores, la conversión de áreas rurales en ranchettes, es altamente dañino para la naturaleza y además encierra una paradoja: destruye precisamente lo que motivó a instalarse en nuevo asentamiento, la atmósfera rural y campirana del lugar.

Desde 2002 quedó consignada la tendencia que hoy es mas que evidente. Los centros de población se estaban incrementado notablemente en el tramo Raymundo-Los Puentes Cuates, los cuales eran áreas rurales que se fueron convirtiendo a pequeños ranchos o casas de campo.

Paralelamente se incrementaron las vías de acceso y con éstas el tráfico vehicular. Este tipo de cambios ocasionó disturbios alrededor de las casas y a lo largo de los caminos, disminuyendo notablemente la vegetación natural y las poblaciones de fauna silvestre.

Está claro que junto a las personas llegan animales domésticos como perros y gatos, los cuales ocasionan un aumento en la depredación de pequeños mamíferos y aves, e incluso de mamíferos grandes. Estas últimas son sensibles también a la intensidad de uso de los caminos y aclareo de la vegetación.

Por nadie es desconocido ahora que la urbanización del Río Nazas junto a otros factores, causaron un terrible impacto sobre las espléndidas arboledas que se encontraban en Raymundo, Las Piedras, Los Ángeles, La Loma, los Puentes Cuates, entre otros parajes. El día de hoy, o han desaparecido, o han sido transformados o están muy disminuidos.

Hace 12 años, en el estudio citado arriba, se propuso para este corredor deteriorado, declararlo zona de restauración, la cual según el arti→ culo 78 de la Ley General del Equilibrio Ecolo→ gico y la Proteccio→ n al Ambiente, se aplica "En aquellas a→ reas que presenten procesos de degradacio→ n o desertificacio→ n, o graves desequilibrios ecolo→ gicos, la Secretaría 'deberá formular' y ejecutar programas de restauración ecológica, con el propósito de que se lleven a cabo las acciones necesarias para la recuperación y restablecimiento de las condiciones que propicien la evolución y continuidad de los procesos naturales que en ella se desarrollaban."

Asimismo, advierte para el caso del tramo más conservado, el Cañón de Fernández lo siguiente: "considerar la estrecha relación entre la apertura de caminos y la frecuencia de incendios" y dada su magnífica belleza escénica, "la amenaza potencial de la conversión de áreas rurales en ranchettes". Esto se previó hace 12 años, y hoy parece que lo que se consideraba una amenaza, pasó a ser una acción concreta que afecta directamente uno de los ecosistemas más emblemáticos del Cañón de Fernández, los humedales. Éstos son la franja de tierra comprendida entre el cuerpo de agua del río y la tierra firme y en el caso del Cañón de Fernández, éstos se localizan en la zona federal administrada por la Conagua y que puede ser concesionada para su aprovechamiento con las limitaciones que la Ley de Aguas Nacionales consigna.

En 2004 el Cañón de Fernández fue declarado por el Congreso del Estado de Durango como área natural protegida, con el estatus de Parque Estatal Posteriormente, debido a que es un humedal de importancia internacional fue declarado Sitio Ramsar.

Debe entenderse, que cualquier acción que se realice a los elementos naturales que se encuentran dentro de las áreas federales concesionadas, ocasionará modificaciones al humedal y a todos los beneficios ambientales que de él derivan.

Una de las tareas más importantes de un concesionario es la conservación del lugar, esto definitivamente no es compatible con la edificación de ranchettes y mucho menos de chalets modernos que constituyen verdaderas residencias urbanas.

Lamentablemente, esto está ocurriendo en una concesión que se encuentra dentro del Parque Estatal Cañón de Fenández, violentando la reglamentación del Área Natural Protegida y todas las regulaciones de la legislación ambiental involucradas.

Leer más de EDITORIAL

Escrito en:

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de EDITORIAL

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 1052158

YouTube Facebook Twitter Instagram TikTok

elsiglo.mx