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Conozca la nueva ley vial

EL SIGLO DE TORREÓN

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El nuevo Reglamento de Movilidad Urbana de Torreón contempla infracciones que anteriormente no se consideraban y éstas están homologadas con los municipios de Gómez Palacio, Lerdo y Matamoros.

Ciclistas:

Sólo puede viajar el conductor en cada bicicleta, con excepción de aquellas fabricadas para más de una persona.

El alto para un ciclista se establece deteniendo por completo el vehículo y poniendo un pie al suelo.

Tienen derecho de preferencia sobre vehículos motorizados que consiste en que se les otorgue el paso.

Se prohíbe a los ciclistas circular sobre las banquetas, jardines, zonas peatonales, excepto menores de 12 años y elementos de seguridad pública.

No pueden obstaculizar pasos peatonales ni circular entre carriles.

Deben utilizar el carril derecho, a menos que esté ocupado por obras o vehículos estacionados.

Se adicionaron nuevas multas:

Los vehículos deben contar con equipos de luces; reflejantes en el caso de las bicicletas y al menos una luz blanca adelante y una roja atrás; las unidades de tracción animal deben llevar dos reflejantes blancos o ámbar y dos rojos.

La velocidad máxima es de 60 kilómetros por hora en la ciudad; en áreas peatonales, 10.

Motociclistas y ciclistas tienen prohibido empalmarse con otro vehículo o rebasarlo utilizando un mismo carril de circulación, o hacer uso de más de un carril.

Cuando el conductor de un transporte escolar cometa una infracción con escolares a bordo, se notificará al director del plantel, además de levantar la infracción.

Las infracciones son más costosas:

Conducir sosteniendo el teléfono celular o cualquier otro medio de comunicación, o maquillarse, 4 a 8 salarios mínimos.

Circular portando placas en lugar diferente al diseñado por el fabricante, 2 a 5 salarios.

Conducir con aliento alcohólico, 15 a 20.

Conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas, 40 a 60.

Estacionarse en un lugar exclusivo para personas discapacitadas y mujeres embarazadas, 10 a 15.

Conducir un vehículo de procedencia extranjera que no cumpla con los requisitos establecidos en el reglamento, como un seguro de daños a terceros, 10 a 20 salarios mínimos.

Tirar escombro o basura, 30 a 40.

Adelantar a un motociclista, bicicleta o bicimoto sin conservar una distancia lateral mínima de 1.5 metros, 4 a 6.

Negarse a realizar la detección de alcohol o drogas, 80 a 120.

Llevar en el interior del vehículo una botella, lata o envase de cualquier tipo que contenga bebida etílica o estupefacientes que haya sido abierta o tenga sellos rotos y el contenido parcialmente consumido, 18 a 35.

Rebasar a vehículos detenidos que se encuentren cediendo el paso a peatones, 5 a 10.

Ingerir bebidas embriagantes al conducir, 10 a 20.

Vehículos de tracción animal:

Sólo podrán ser controlados por mayores de edad.

Deben contar con algún dispositivo para la recolección del excremento de los animales de tiro, de no ser así, es su obligación recogerlo de la vía pública.

Deben circular por el carril derecho y sólo en horarios de 7:00 a 18:00 horas.

El reglamento completo está disponible en el portal del Ayuntamiento (www.torreon.gob.mx). Consta de 188 artículos y

Según las autoridades, este reglamento deja de ser exclusivo de los automovilistas, pues ahora el orden de importancia será el siguiente:

1. Peatones con discapacidad, adultos mayores, niños y mujeres embarazadas.

2. Peatones generales.

3. Ciclistas.

4. Vehículos de tracción animal.

5. Transporte público de pasajeros.

6. Vehículos particulares.

7. Transporte de carga.

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