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Libérate de tus deudas

LOS MOROSOS NO DEBEN SER JUZGADOS TAN DURAMENTE

(EL UNIVERSAL)

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AGENCIAS

Antes de que dejes de contestar el teléfono y busques mudarte por temor al acecho de los despachos de cobranza, es posible encontrar una solución a tus deudas.

De manera anticipada, te decimos que no será un camino fácil, sin embargo, a través de la elaboración de un plan de pago podrás disolverlas con organización, tiempo y dedicación.

Las historias de terror alrededor de las deudas suelen ser muy frecuentes, pero una de las primeras cosas que debes de saber sobre una deuda es que deber dinero no es un delito.

"No hay cárcel por deudas bajo ninguna circunstancia. Por deber dinero no debes ir a la cárcel, aunque ésta sea una herramienta que utilizan los despachos de cobranza", explica Ángel González, director general de la Organización Nacional de la Defensa del Deudor.

Ahora, conviene aclarar varios mitos alrededor de una persona que debe dinero, ya que su papel no suele ser el del bueno de la historia.

¿Qué es lo que hace que los usuarios dejen de pagar? Según un estudio elaborado por la Organización Nacional de la Defensa del Deudor, de 10 deudores que dejan de pagar, siete lo hicieron por circunstancias, ya sea un despido o un descenso en sus ventas, por ejemplo.

De los tres restantes sólo uno lo hizo porque no quiso seguir pagando y los dos que quedan porque tenían alguna confusión o problema con la institución.

"Muchas veces se confunde al deudor con gente irresponsable, pero la realidad es que esto no es así", explica González. No se trata de defender el que los compromisos de pago no se cumplan, se trata de dimensionar con justicia a aquellos que deben dinero.

Isela Muñoz, autora del libro "De deudor a millonario", explica en su libro a los que se han convertido en morosos así: "Los morosos no son peores personas que el resto, ni deben de ser juzgados duramente porque aunque sus intenciones hayan sido las mejores: comprar una casa, un coche, mandar a los hijos a la universidad o pagar por una emergencia médica; los medios de financiamiento que usaron no fueron quizás los correctos o estaban más allá de sus posibilidades".

Ahora, ¿quién es un deudor? Es aquel que debe menos de 40% de sus ingresos brutos, que paga a tiempo y que no tiene atrasos, según explica Isela Muñoz.

¿Y UN MOROSO?

Lo contrario. Quien tiene deudas de más de 40% de sus ingresos y está atrasado en alguna. En términos legales, la mora inicia en el día 91 a partir de tu última fecha de corte sin pago. Esto significa que la ley faculta al acreedor, en este caso a la institución a la que le debes, a buscar recuperar sus deudas por la vía judicial, explica González. Es decir, aquí ya te convertiste de deudor en moroso.

En general, una persona que está dedicando más de 30% de su ingreso a pagar su deuda es alguien al que se le considera sobreendeudado, asegura Juan Pablo Zorrilla, cofundador de la reparadora Resuelve tu deuda.

Un presupuesto consta de gastos fijos como vivienda salud, educación y transporte. Éste es el gasto básico y debe representar 70%.

Y también por gasto variable, el cual debe ser 30% restante y se divide en entretenimiento, ahorro y pago de deuda.

"De este 30%, una persona muy sana debe dedicar 10% a ahorro, 10% a entretenimiento y el otro 10% a deuda, que generalmente debe ser para un bien de consumo duradero, coche, casa, algo que impacte en la calidad de vida y no a consumo", explica Zorrilla. Esto es en términos ideales.

Una persona que no está financieramente sana, y tiene que pagar más de 30% de sus ingresos en una deuda, está castigando entretenimiento y ahorro -lo que implica que está mermando cualquier mejora en su calidad de vida en un futuro- y está a un punto de comenzar a gastarse parte del 70% dedicado a las necesidades básicas.

El especialista de Resuelve tu deuda propone que te sientes a contar dinero y que realices un diagnóstico sobre tu endeudamiento: "Agrupa todas tus deudas y todos tus ingresos y si el pago que haces por todas tus deudas es igual al 30% de tu ingreso, estás en problemas", asegura.

CUIDADO CON METERLO BAJO EL TAPETE

Cuando estás endeudado lo peor es que pidas dinero prestado, que pagues con otra tarjeta de menos intereses la deuda o que vayas a empeñar la televisión porque eso sólo hará más grande el problema.

Tampoco pierdas la calma y busques la manera de esconderte de tus acreedores porque esto sólo aumentará tu angustia. Siéntate a hacer cálculos objetivos para ver qué es lo que puedes pagar primero. González explica que el deudor para pagar necesita certeza. Es decir, la certeza de saber qué debe, a qué tasa y a quién le debe.

Asimismo, también debe de estar consciente de cuáles son sus derechos para evitar los acosos de los despachos de cobranza.

Si vives en el Distrito Federal, tienes que saber que a partir de agosto de este año, ya no se permite la "cobranza ilegítima", es decir, aquella que está amenazando los derechos del que debe, explica el especialista.

¿CÓMO RESOLVERLO?

A aquellos que todavía pueden pagar lo que deben o que no han cumplido los tres meses para que la cifra se considere como mora legal, la recomendación es, ya que identificaste tu ingreso disponible -es esa cantidad que te queda luego de que ya restaste todos los gastos fijos que haces al mes- y la fuente de tus deudas, reorganizar el presupuesto para juntar una cantidad 30% más del pago mínimo de todas tus deudas en conjunto.

Recuerda que el pago mínimo es aquella cantidad que viene especificada en el estado de cuenta y se refiere simplemente a la cifra que deberás pagar para no comenzar a pagar cantidades moratorias. Sin embargo, tu deuda sigue generando los intereses pactados cuando firmaste tu contrato.

Desde antes, te decimos que juntar 30% más del pago mínimo no es algo sencillo.

Quizá tendrás que castigar ciertos lujos o algún aspecto de tu estilo de vida. Tal vez en vez de usar automóvil tengas que usar transporte público para economizar o cancelar la televisión por cable.

Pero para alcanzar la libertad financiera vale la pena, aunque será un proceso que llevará tiempo.

En el caso de que tengas varias deudas, ¿cuál liquidas primero?, ¿la más chica o la de más intereses? Zorrilla recomienda que escojas la más chica porque será la que más rápido podrás pagar, lo que te permitirá pasar lo que pagabas en ésta a la siguiente y así en adelante.

"Esta opción es complicada porque requiere dedicar 40% de tu ingreso", adelanta el experto. Sin embargo, logrará con tiempo que termines de pagar.

En el caso de que ya no puedas pagar, tendrás que acudir con la institución o instituciones bancarias a las que les debes para negociar una forma de pago que sí te permita liquidar la cantidad que debes o quizá puedas acercarte a una reparadora de crédito que pueda ayudarte a liquidar tus deudas y conseguir una tasa más baja de la que tú podrías negociar.

A pesar de que a partir del día 91 los acreedores tienen ya herramientas jurídicas para buscar tu pago, el primer paso que suelen tomar las instituciones bancarias es la búsqueda de una negociación con el cliente, explica el director general de la Organización Nacional de la Defensa del Deudor. Así que es posible que te acerques para buscar una buena negociación.

¿Cuándo comenzarán a llamarme para cobrar?

Estas son algunas recomendaciones:

⇒ Esto es completamente variable de una institución a otra, asegura Ángel González, director general de la Organización Nacional de la Defensa del Deudor. Hay instituciones que te llaman incluso antes de la fecha de pago, otras dejan pasar meses antes de hacerlo, aunque tu deuda siga creciendo.

⇒ Deber dinero no te llevará a la cárcel, pero si ya estás en mora legal -ya se cumplieron 91 días- ellos pueden iniciar acciones jurídicas contra ti.

⇒ Las instituciones a las que les debes pueden intentar embargarte bienes para garantizar el pago de la deuda y arraigarte, que no es otra cosa más que no permitirte salir de la ciudad mientras esté el proceso.

⇒ "Gracias a la reforma financiera recién aprobada, se dotó a las instituciones de mayores facilidades para cumplir la ley que ya existía", explica el experto. La Condusef ahora puede sancionar de manera más enérgica no a los despachos de cobranza directamente, sino a las instituciones financieras que los contratan.

⇒ En sí, deber no te llevará a la cárcel, pero por ejemplo, si un juez te mandata no salir de la ciudad y lo desacatas, esto sí podría acarrearte ese tipo de consecuencias.

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