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Inicia nuevo período de análisis en la Suprema Corte

AGENCIAS

El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Silva Meza, informó que el próximo lunes el pleno iniciará la segunda fase de análisis de las acciones de inconstitucionalidad contra la reforma electoral presentadas ante el máximo tribunal del país.

En la sesión de ayer jueves, Silva Meza señaló que las ponencias respectivas ya fueron distribuidas entre los ministros para comenzar el estudio de las acciones de inconstitucionalidad en materia electoral que faltan por resolver.

En una primera fase, del 1 al 9 de septiembre, el pleno de la Corte concluyó la resolución, en varias sesiones, de más de 60 acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano contra la Reforma Política.

En esa etapa, el pleno declaró constitucionalmente válido el proceso en el que el Congreso avaló, en período extraordinario de sesiones, la reforma electoral, y avaló la constitucionalidad del decreto por el que se expidió esa legislación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo pasado.

Sin embargo, resolvió que es inconstitucional el Artículo 28 en sus fracciones A y B de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece que los partidos que obtengan tres por ciento de la votación en elección de diputados locales se le asignará una curul plurinominal.

En la sesión de ayer jueves, la SCJN resolvió la contradicción de tesis 426/2013 y consideró que sí existe en criterios entre un tribunal que sostuvo que la hipótesis del párrafo segundo del Artículo 64 de la Ley de Amparo sólo se aplica al amparo en revisión y otro que señaló que también al indirecto y directo.

Dicho párrafo señala textualmente que "cuando un órgano jurisdiccional de amparo advierta de oficio una causal de improcedencia no alegada por alguna de las partes ni analizada por un órgano jurisdiccional inferior, dará vista al quejoso para que en el plazo de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga".

El pleno de la Corte resolvió que lo señalado en dicho párrafo se aplica en los casos de amparo en revisión y directos o indirectos, aún cuando no se considere una situación primordial.

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Escrito en: Suprema Corte SCJN

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