Columnas la Laguna

FACULTAD DE MEDICINA

DERECHOS UNIVERSALES DE LOS NIÑOS

DR.GUILLERMO MILÁN MONTENEGRO*

La Convención de los Derechos del Niño, es un texto que se aprobó en 1989 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, éste garantiza la protección de todos los niños del mundo. Recoge más de medio centenar de artículos que protegen a los niños frente a situaciones de abuso, abandono y malos tratos. También, pretende que todos los niños tengan una familia y crezcan en un ambiente feliz.

Los niños no son personas pequeñas con derechos pequeños, son personas completas con derechos completos. De ahí que deben vivir como cualquier otro ciudadano. Todos los niños tienen derechos, incluso antes de nacer (Por ejemplo: Derecho a la vida...). Estos derechos pertenecen única y exclusivamente a la persona y son irrenunciables e imprescindibles para el desarrollo de la infancia. Estos principios de protección a la infancia fueron recogidos por primera vez en un documento que conocemos como la Declaración Universal de los Derechos del Niño, aprobado en 1959 por la UNICEF. Esta declaración estaba cargada de buenas intenciones y tuvo una enorme acogida por todos los representantes de las naciones que decidieron firmarlo. Sin embargo, su aprobación no implicaba ninguna responsabilidad jurídica ni legal para los países. Por ello, en el año 1989, la Asamblea General de las Naciones Unidas amplió el documento y elevó los diez artículos iniciales a medio centenar.

Este texto, se conoce como la Convención sobre los Derechos del Niño, reúne 54 artículos sobre derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Es un tratado de las Naciones Unidas, que se convirtió, por primera vez, en una ley jurídicamente vinculante. Todos los países que lo han firmado, en total 193 países, tienen la obligación de cumplir lo acordado y garantizar que se cumplan lo expuesto en este documento.

Esto significa que los gobiernos de cada nación tienen la obligación de adoptar todas las medidas administrativas y legislativas, legales, humanas, que sean necesarias para garantizar los derechos del niño. Sin embargo, este texto va más allá. No sólo los estados tienen que implantar medidas para proteger a los niños, también los padres, educadores y políticos tienen la obligación de proteger a todos los niños.

En la actualidad es el tratado más ratificado de la historia. Sólo Somalia, que carece de un gobierno reconocido y EE.UU, que antes de firmar un tratado realizó un análisis completo de todos los artículos y está pendiente de presentar al Congreso todavía no lo ha aprobado en sus respectivos países, aunque sí lo han firmado.

Los dos objetivos principales de los Derechos del Niño son garantizar su protección y el desarrollo físico y mental frente a situaciones de abandono, malos tratos, enfermedades, pobreza y abusos tanto físicos, mentales o sexuales. Los Derechos del Niño se protegen y se defienden en la sede de las Naciones Unidas, que está en Nueva York, y el organismo encargado de velar por la protección y seguridad de los niños es UNICEF.

Los cuatro principios fundamentales de la Convención son:

1º. Derecho a la vida, supervivencia y desarrollo integral.

2º. Derecho a la no discriminación de género, de edad, de ambiente, familiar.

3º. Dedicación al interés superior del niño.

4º. Respeto a la opinión y a los puntos de vista del niño

*Pediatra. Profesor de pediatría de la Facultad de Medicina, Torreón, UA de C.

La próxima colaboración será del Dr. Fernando Sánchez Nájera, psiquiatra.

Leer más de Columnas la Laguna

Escrito en:

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Columnas la Laguna

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 1020396

YouTube Facebook Twitter Instagram TikTok

elsiglo.mx