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Se extralimita la nueva Ley de Víctimas de Coahuila

Se contrapone con normas federales y mercantiles

Al vapor. Diputados la aprobaron sin consenso.

Al vapor. Diputados la aprobaron sin consenso.

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La Ley de Víctimas en Coahuila cuenta con ordenamientos que entran en contraposición con la Ley Federal del Trabajo, además de que se extralimita en términos de su aplicación a marcos federales o incluso fuera del estado, dijo el doctor en Derecho, Hugo Morales.

Los puntos

Por ejemplo, el artículo 14 señala que mientras una persona está desaparecida, se le debe tener con licencia y goce de sueldo hasta que sea localizado, sin que exista un plazo límite, indefinidamente tendría estos derechos, por lo que la familia seguiría percibiendo el sueldo, que implicaría una carga laboral para los patrones.

"Es cuestionable", dijo el abogado. En este sentido, la Ley del Trabajo señala que una persona que se ausente injustificadamente de su trabajo por tres días puede ser separado de sus labores.

Aunque reconoció que es importante salvaguardar los derechos de las personas desaparecidas debido a las dificultades que esto representa para sus familias, indicó que la Ley aprobada por los legisladores de Coahuila deja ver la poca conciencia del impacto económico que tendrá su publicación.

"Es importante proteger a las familias de estas personas porque tienen derechos y obligaciones, y cuando desaparecen, no tienen un representante legal, hasta ahí estamos de acuerdo, pero se generan obligaciones a los patrones y, en términos generales, a la economía", comentó.

Señaló que aunque la Ley debe aplicarse en el estado de Coahuila, se indica que se aplicará si la persona desparece en esta entidad, aunque no fuera de la entidad, o si tuviera su empleo y créditos en otro lugar, extralimitándose territorialmente.

Prestaciones

Otro punto de la nueva Ley es que se suspendan todos los créditos y prestaciones que hubieran adquirido a lo largo de su vida, de forma indefinida, lo que es un exceso.

Amparos

A pesar de que se generan beneficios de corte social, los empresarios se verían perjudicados, por lo que caben amparos, recursos administrativos o mercantiles.

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