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Tendrán megapensiones

Analizan. El presidente del Senado, Raúl Cervantes, durante la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. (EL UNIVERSAL)

Analizan. El presidente del Senado, Raúl Cervantes, durante la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. (EL UNIVERSAL)

AGENCIAS

Con un retraso de 15 días, el Congreso concluyó la aprobación de las leyes secundarias de la Reforma Político-electoral planteadas desde el Pacto por México, y construidas por senadores de las tres principales fuerzas políticas e integrantes del gobierno federal.

El nuevo paquete de leyes aprobado por el Congreso -que crea la nueva Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe), la Ley de Delitos Electorales y La Ley General de Partidos Políticos-, enviado ayer mismo al Ejecutivo para su promulgación, fija las nuevas reglas para comicios y la vida pública de los institutos políticos nuevos y los ya establecidos.

Con estas nuevas reglas, los estados ahora tendrán 45 días para modificar sus legislaciones locales para armonizarlas al nuevo ordenamiento electoral y estar así en condiciones para realizar futuras elecciones.

 PRIISTAS MANTIENEN PENSIóN AL TEPJF

Con los votos a favor del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y del Verde, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) con la pensión vitalicia para los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El dictamen que fue enviado al Ejecutivo Federal para su promulgación, presentó la reserva del PRD, quien junto al PAN, PT y MC, buscaban echar abajo el artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Pero los votos en contra no le alcanzaron a la oposición y el tablero de San Lázaro marcó: 232 votos a favor (PRI y Verde) y 196 en contra (PAN, PRD, PT y MC).

Con esto se confirma que los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación podrán obtener este beneficio al retirarse.

"Determinar, en su caso, el haber de retiro de los magistrados de la Sala Superior", determina el artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

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