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Podrán gobernadores asumir control de Policías Municipales

EL UNIVERSAL

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que los gobernadores pueden asumir el control de la policía municipal si es necesario y sin que se haya firmado previamente un convenio con los municipios del estado que gobierna.

Así, los gobernadores podrán delinear mecanismos de cooperación, colaboración, auxilio, transmisión y cumplimiento de órdenes para enfrentar alteraciones graves del orden público.

Esto luego de que los 11 ministros rechazaron la controversia constitucional que presentó en 2010 el municipio de San Pedro Garza García, en Nuevo León, en contra del artículo de la constitución local, que faculta al gobernador a asumir el control de la policía municipal.

Durante esta discusión, los ministros explicaron que tampoco es necesario que los gobiernos estatal y municipal firmen convenios de coordinación para actuar en escenarios de alteración grave del orden público.

Para llegar a esta conclusión citaron que el artículo 115 constitucional no tiene una disposición precisa que obligue a los ejecutivos estatales a firmar convenios o memorándum de colaboración.

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Escrito en: Ley de Emergencia Policial

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