Si usted considera que alguna empresa telefónica afecta sus derechos, ya puede promover un amparo contra ella.
Ayer, por primera vez, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los particulares pueden promover amparos contra las empresas de telecomunicaciones como si éstas fueran equivalentes a una autoridad.
La Segunda Sala de la Corte confirmó la decisión de un juez federal de Hidalgo, que en 2013 admitió a trámite una demanda de amparo promovida por indígenas otomíes, en la que se señaló como autoridades responsables a Teléfonos de México (Telmex) y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
Lo anterior con base en la nueva Ley de Amparo, vigente desde abril de 2013, que señala que dicho juicio procede contra particulares que realicen actos equivalentes a los de autoridad que afecten derechos, cuyas funciones estén determinadas por una norma general.
Los otomíes sostuvieron que Telmex, principal proveedora de telefonía rural del país, violó sus derechos a la libertad de expresión, acceso a la información, igualdad ante la ley, y al trabajo, derivado de la omisión de garantizar la prestación continua y permanente del servicio de telefonía fija, en virtud de la interrupción de éste, así como del incumplimiento a la reinstalación del mismo.
La decisión del máximo tribunal podría revolucionar la forma en que las concesionarias de telecomunicaciones litigan sus diferencias con los clientes, quienes actualmente sólo pueden acudir a la Profeco o al litigio civil para desahogar sus inconformidades.