Estadísticas. El mayor número de deserciones del Ejército se encuentra en los grados de soldado, cabo y sargento segundo.
En 28 años, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) procesó ante la justicia castrense a cuatro mil 543 militares por presuntos actos de deserción cometidos entre 1985 y 2013.
De la información proporcionada por la Sedena se desprende que el mayor número de deserciones del Ejército se encuentra en los grados de soldado, cabo y sargento segundo y, en menor medida, entre oficiales de alto rango.
En ese período fueron presentados ante tribunales militares los siguientes oficiales: mayores, 2; capitanes primeros, 5; capitanes segundo, 6; tenientes, 11; subteniente, 11; sargento primero, 20; sargento segundo, 58; cabo, 235 y soldados 4 mil 195.
No obstante, el pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) instruyó a la Sedena a dar a conocer, en versión pública, las sentencias de quienes ya fueron condenados.
El particular pidió esa información, incluida la relacionada con los rangos de los militares, los grados de los uniformados y el número de quienes fueron sometidos a juicio en dicho período, pero la Defensa Nacional dijo que los nombres de ese personal se encontraban clasificados.
El particular interpuso un recurso de revisión ante el instituto, turnado al comisionado presidente Gerardo Laveaga, en el que impugnó la clasificación de los nombres y manifestó que en la solicitud 0000700134913, el sujeto obligado puso a disposición información similar.
En el análisis jurídico del caso, el comisionado Gerardo Laveaga expuso que en las sentencias emitidas por el Supremo Tribunal Militar es posible advertir el delito por el que se juzgó a un militar en concreto, los datos de identificación de éste, así como la fecha su emisión.
Indicó que si bien la Sedena puso a disposición los libros de gobierno de las prisiones militares, desde 1985 a la fecha, lo cierto es que serían las sentencias pronunciadas sobre el delito de deserción, la expresión documental que daría atención a la solicitud del particular.
Afirmó que se debe distinguir entre el nombre de los procesados y declarados culpables, de aquellos enjuiciados y absueltos.
"En consecuencia, dar a conocer los nombres y rangos de los militares involucrados en procedimientos penales militares, sin que se haya acreditado su responsabilidad, podría afectar su derecho a la presunción de inocencia; ello, en razón de que terceras personas podrían presuponer su culpabilidad, sin que ésta haya sido demostrada en juicio, afectando su prestigio y su buen nombre", dijo el instituto.