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Descarta SHCP expropiar tierras de facto para extraer hidrocarburos

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Funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) descartaron que el gobierno federal expropie de facto tierras en las que se pretenda extraer hidrocarburos.

Interrogados por diputados de las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, en la reunión de análisis del paquete de iniciativas de leyes secundarias en materia energética, explicaron que se examinan opciones que beneficien a los propietarios.

El subsecretario de Ingresos de la SHCP y el procurador fiscal de la Federación explicaron que se pretende una nueva figura en la ley, similar a la que utilizan actualmente Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

El subsecretario de Ingresos de la SHCP, Miguel Messmacher Linartas, indicó que “es una figura nueva; para no tener que llegar a realizar expropiaciones, se buscan opciones distintas que sean de interés y beneficio para los propietarios de la tierra”.

Esas alternativas son, por ejemplo, que el dueño de la tierra y el contratista podrían fijar, a cambio del uso territorial, el pago de una renta o una asociación por los recursos extraídos.

En tanto, el procurador Fiscal de la Federación, Javier Laynez Potisek, precisó que en las leyes secundarias de la reforma energética se plantea un procedimiento transparente de igualdad entre las partes, donde los actos de molestia, la plusvalía y el daño ambiental sean tomados en cuenta.

En el supuesto de que se tratara de tierras indígenas, la Constitución Política establece la obligación de formular una consulta entre la comunidad, indicó.

En el capítulo de cómo utilizar la tierra, se tuvieron contactos con el Tribunal Agrario para captar todo el problema en su conjunto y evitar problemas como sucede con el tema minero, detalló.

Laynez Potisek señaló que el tema de la expropiación está en la ley y no se puede suprimir, porque también lo dice la Constitución, pero para evitar abusos y perjudicar a los dueños de la tierra, se buscó en ese capítulo crear, primero, un procedimiento transparente con igualdad entre las partes.

En dicho procedimiento, previo a la adjudicación que hará la Secretaría de Energía, habrá una declaratoria de impacto social, por ejemplo, “si son tierras indígenas, la Constitución y los tratados nos obligan a la consulta”.

Lo anterior, precisó, es antes de cualquier proceso de licitación, y cuando éste se lleve a cabo se abre un procedimiento homogéneo, que es lo más importante, pero sobre todo que se trata de una etapa abierta entre el contratista y el propietario o poseedor de las tierras.

“Lo más importante es que se toma en cuenta, no el precio, ni el valor comercial de la tierra como tal, porque puede ser mínimo aunque sea comercial, sino que se pueda presentar un avalúo que refleje cuánto puede costar esa tierra si hay una explotación que incremente su valor”, detalló el procurador fiscal.

Ésto es la plusvalía, pero también se consideran los daños ocasionados y todos los actos de molestia para el propietario y que eso forme parte de los avalúos, añadió.

Si no hay un acuerdo con esto, habrá una segunda etapa donde entra una autoridad como árbitro y donde pueda hacerse la propuesta.

“Pero no tiene que ser de adquisición de la tierra, si no quiere vender el propietario, no es necesario vender, sino de ocupación superficial”.

Por primera vez se está proponiendo que vengan las formas de pactar entre ellos, que podría ser un porcentaje entre ellos, que pueda ser en especie, en efectivo, o cualquier forma, como dice la iniciativa, que no sea contraria a derecho, y que se pueda pactar para que se pueda utilizar esta tierra.

“No es una expropiación de facto, hay todo un procedimiento de negociación, está balanceado”, puntualizó.

Otro tema que abordó el procurador fiscal fue que las empresas privadas que se asocien con México en materia energética tendrán que ajustarse a las leyes del país y el gobierno federal podrá rescindirles el contrato cuando violen normas específicas.

Laynez Potisek explicó que los posibles litigios entre el Estado y las empresas privadas serán en México y conforme a las leyes de este país.

Se prevé en las leyes reglamentarias la figura de rescisión administrativa, mediante la cual el Estado podrá rescindir por sí solo un contrato cuando el particular incumple con el compromiso mínimo de contrato.

También, si cede derechos sin autorización; en un accidente grave, con dolo del contratista, ocasione pérdidas en la producción, en la infraestructura o humanas, o bien cuando omita dar información o entregue documentos falsos respecto de producción, concluyó.

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Escrito en: hidrocarburos

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